Una reciente disposición que obliga a los bancos y emisoras de tarjetas de crédito y débito a informar los consumos en el exterior generó confusión entre los usuarios. La medida, impulsada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), generó interpretaciones erróneas sobre posibles restricciones a las compras fuera del país.
La normativa, que entrará en vigencia el 1° de julio, establece que las entidades financieras deberán reportar a ARCA todas las operaciones realizadas por sus clientes en el extranjero. La información incluirá el número y la marca de la tarjeta utilizada, el CUIT del emisor, la fecha y el país de la transacción, la moneda, el monto tanto en pesos como en divisas extranjeras, además del nombre y el código del comercio, y el número de identificación del establecimiento.
Ante las especulaciones sobre eventuales limitaciones, desde ARCA salieron a desmentir que se trate de una nueva traba para el consumo. Agustín Rojo, Subdirector General Institucional del organismo, aclaró que la medida responde únicamente a fines fiscales. “No hay trabas al consumo ni actualización del régimen de equipaje. La información solicitada es para aplicar las percepciones vigentes en las compras en dólares”, afirmó.
Rojo agregó con ironía: “Parece que muchos no saben vivir en libertad y añoran el pasado reciente”, haciendo referencia a las críticas recibidas tras el anuncio de la resolución.
A pesar de la aclaración oficial, persiste cierta incertidumbre en torno a cómo se implementará este nuevo sistema de reporte, especialmente luego de que semanas atrás se anunciara el levantamiento de la obligación de informar consumos. Por el momento, la autoridad recaudadora asegura que no habrá obstáculos para las compras con tarjetas en el exterior, aunque el seguimiento será más estricto.