Desde este martes y hasta el 16 de diciembre, los comerciantes interesados en vender artículos de pirotecnia sin estallido ruidoso en el ámbito de la Capital, podrán tramitar el permiso correspondiente otorgado por la Municipalidad de San Miguel de Tucumán.
Se recuerda que desde el 2 de enero de 2020 está vigente la ordenanza 5037, que prohíbe “la comercialización, tenencia, uso y manipulación de elementos de pirotecnia y cohetería explosiva de tipo ruidoso”. Se trata de los cohetes que generen ruidos mayores a 70 decibeles, ya que tienen efectos negativos en los animales y en las personas con sensibilidad auditiva, especialmente en pacientes con el Trastorno del Espectro Autista (TEA).
La gestión para obtener el permiso para la venta de pirotecnia no estruendosa se deberá realizar de manera personal, los días hábiles, de 8 a 13, en la Dirección de Defensa Civil municipal, ubicada en avenida Sáenz Peña 56.
En esa repartición los comerciantes tendrán que presentar fotocopia de DNI del titular y propietario del local, autorización para ejercer la actividad y boleta del CISI o libre de deuda.
Los requisitos que deberán cumplir los comercios para obtener la habilitación son los siguientes:
·Los locales no pueden estar ubicados en el cuadrante comprendido por Santiago del Estero, General Paz, Salta-Jujuy y las avenidas Avellaneda y Sáenz Peña.
·Deberán estar a una distancia no menor a los 50 metros de establecimientos educativos, hospitales, sanatorios, pinturerías y estaciones de servicios.
·No estarán permitidos locales de venta de pirotecnia en galerías comerciales, supermercados, shopping, playas de estacionamiento y planta baja de edificios destinados a viviendas.