El Consejo de Universidades, que integran todas las universidades públicas y privadas del país, puso límites a los alcances profesionales de los títulos de aquellas carreras consideradas de interés público lo que generó rechazos de Colegios y asociaciones de profesionales.
El Consejo de Universidades durante varios años en el que analizó las incumbencias profesionales que tienen los títulos de las carreras agrupadas en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior,que son las consideradas de interés público.
Ellas son Farmacia, Bioquímica, Medicina, Odontología, Psicología, Veterinaria, Ingeniería Biomédica y Enfermería.También hay otras carreras no incorporadas a ese artículo pero que forman parte de las profesiones presentes en el equipo de salud y que se matriculan en distintas jurisdicciones provinciales.
Ellas son Kinesiología, Fonoaudiología, Biología, Bromatología, Nutrición, Obstetricia, Trabajo Social,
Terapia Ocupacional, Musicoterapia y Psicopedagogía. El recorte de incumbencias en estas carreras
supone que un profesional no podrá ejercer en otras áreas que no son de su competencia, por
más que haya estudiado en esos campos.
Ahora, ante las quejas de los colegios y asociasiones que nuclean esas actividades, el Consejo decidió revisar algunas de las incumbencias prohibidas en alguna profesiones.