La Municipalidad de San Miguel de Tucumán informó que la recaudación del Tribunal de Faltas aumentó un 65,8% desde que se implementó su descentralización. Según el Ejecutivo capitalino, la medida permitió agilizar trámites, reducir plazos y mejorar el control de los procesos administrativos, aunque generó resistencias entre los magistrados del organismo.
El decreto N° 0099, que dispuso el traslado de cinco jueces a la Dirección de Tránsito y dos a Catastro para atender los requerimientos de esas áreas, fue cuestionado por el presidente del Tribunal de Faltas, Gerardo Augusto Poliche. El funcionario presentó una denuncia ante el Concejo Deliberante y elevó un recurso de reconsideración ante la Intendencia, argumentando que la decisión violaba normas jurídicas.
Sin embargo, el municipio que encabeza Rossana Chahla desestimó esos planteos y defendió la validez del decreto. Asegura que los resultados demuestran una mejora en la eficiencia del Estado local: en el área de Catastro, por ejemplo, el tiempo promedio de resolución de causas bajó de seis meses a apenas 16 días, en parte gracias al uso del Sistema de Administración Electrónica (SAE) y a la presencia directa de jueces en las reparticiones.
Además, se registró un aumento del 40% en las notificaciones a infractores, realizadas con personal municipal y sin necesidad de contratar servicios externos. Esta estrategia, según la Intendencia, permitió reducir costos operativos y optimizar el seguimiento de expedientes.
Otro avance destacado fue la revisión de causas con planes de pago pendientes, que también se aceleró mediante un sistema de rotación que obliga a los jueces a cambiar de área cada seis meses. Para el Ejecutivo, estas acciones reflejan una gestión más dinámica, con un uso más eficiente de los recursos públicos y un fortalecimiento de la transparencia institucional.
En cuanto al conflicto legal, el rechazo al recurso del presidente del Tribunal de Faltas se fundamenta en la supuesta falta de personería de los recurrentes y la ausencia de fundamentos normativos válidos. El municipio sostiene que su facultad para ordenar estas modificaciones está respaldada por la ordenanza N° 731/82 y otras disposiciones vigentes en el ámbito nacional, provincial y municipal.
Con estos argumentos, la gestión de Chahla considera que la discusión está saldada y que los resultados obtenidos consolidan el rumbo adoptado.