El Presidente Javier Milei continúa con la revisión de las cuentas del Estado y la reducción del gasto público. En las últimas horas, a través del decreto 126/2023 publicado en el Boletín Oficial, ordenó a la Sindicatura General de la Nación (Sigen) que elabore un informe sobre la “herencia recibida” de la gestión de Alberto Fernández.
Al respecto, el Gobierno argumentó que “este conocimiento del estado de situación recibido permitirá identificar áreas y temas críticos para el funcionamiento de cada organismo”. Según indicaron, esto “facilitará la toma del control inmediato y la continuidad de su funcionamiento, minimizando los riesgos que pudieran surgir del traspaso de la administración; priorizar adecuadamente las decisiones y acciones de las nuevas autoridades y diseñar, planificar y llevar adelante aquellos cambios y reformas que resultaren necesarios”.
El Ejecutivo señaló que “desde la asunción del actual Gobierno nacional, acaecida el 10 de diciembre de 2023, se han tomado distintas medidas que tienden a lograr una mayor eficiencia y eficacia en la gestión del Estado nacional”.
En la misma línea, en los considerandos del decreto se remarca que se “necesita contar con la información precisa y adecuada del estado de situación administrativa, patrimonial, financiera y de todas aquellas otras actividades en curso de realización en cada uno de los órganos que componen el Sector Público Nacional”.
Por ese motivo, el Ejecutivo instruyó al organismo a que elabore en el plazo de 30 días hábiles un Informe de Entrega y Recepción que contenga la información necesaria para establecer un corte por cambio de administración al 7 de diciembre de 2023, a nivel de cada Ministerio, Secretarías de la Presidencia de la Nación y Organismo Descentralizado o Ente Autárquico.
Así lo estableció en el decreto 126/2023, que dispuso que la Sindicatura deberá consignar en las estructuras que analizará “cualquier observación o valoración de la misma que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN considere relevante, teniendo en cuenta los objetivos descriptos en los considerandos del presente”.
El organismo determinará además “el contenido, los requisitos y la modalidad en que será confeccionado el Informe de Entrega y Recepción, y los titulares de las Jurisdicciones y Entidades que serán analizadas designarán un funcionario responsable de la provisión de la documentación necesaria”.
En el articulado de la norma se indicó que el informe debe ser puesto a disposición de “la máxima autoridad de cada Jurisdicción o Entidad de acuerdo con las estructuras vigentes al vencimiento del plazo indicado”, y se aclara que la Jefatura de Gabinete de Ministros podrá prorrogar ese plazo en el caso de ser necesario.