Durante abril de 2026, no podrán acceder al cobro de las pensiones no contributivas (PNC) ANSES aquellas personas que:
- no cumplan con las condiciones exigidas por la Administración Nacional de la Seguridad Social;
- permanezcan fuera del país por más de 90 días consecutivos;
- hayan sido suspendidas o dadas de baja tras detectarse irregularidades por parte del organismo.

Cómo reclamar el pago de las pensiones no contributivas de ANSES en abril de 2026
- Reuní la documentación necesaria: si el retraso supera los 60 días, el problema suele aparecer en el sistema. En demoras menores, deberás descargar, completar y presentar el formulario Reclamo de Haberes Impagos (PS 6.5).
- Presentá el formulario en el banco: acercalo a tu sucursal correspondiente. Debe contar con la firma de una autoridad, como gerente, contador, jefe de área, responsable del centro de pago o jefe del Correo Argentino.
- Utilizá la atención virtual de ANSES: ingresá con tu CUIL y clave, y elegí la opción “Reclamar un beneficio suspendido o un mensual no cobrado (Activación/Repago)”.
- También podés realizar el trámite de forma presencial en una oficina de ANSES, solicitando turno previo y llevando toda la documentación requerida.
Pensiones no contributivas de ANSES: cómo saber si cobrás en abril de 2026
Para consultar si vas a percibir la pensión no contributiva (PNC) en abril de 2026, seguí estos pasos:
- Ingresá a Mi ANSES con tu número de CUIL y tu Clave de la Seguridad Social.
- Accedé a la sección “Mis Cobros”.
- Ahí podrás verificar si tenés pagos asignados o si el dinero ya fue acreditado.
Requisitos para acceder a las pensiones no contributivas de ANSES en abril de 2026
Pensión por invalidez
- Ser argentino (nativo, naturalizado o con al menos 10 años de residencia continua).
- Tener menos de 65 años.
- No percibir jubilaciones ni otras pensiones.
- En el caso de menores, el ingreso familiar no debe superar cuatro haberes mínimos.
- En algunas provincias, como Santiago del Estero o Tierra del Fuego, se solicita informe catastral.
Pensión para madres de siete hijos
- Ser argentina o naturalizada con al menos un año de residencia, o extranjera con un mínimo de 15 años en el país.
- No cobrar jubilaciones, pensiones ni ingresos que garanticen la subsistencia.
- Si está casada, el cónyuge puede tener jubilación, pero no otra pensión no contributiva.
Pensión por vejez
- Tener 70 años o más.
- Personas naturalizadas: acreditar al menos cinco años de residencia continua.
- Extranjeros: demostrar 40 años de residencia ininterrumpida en la Argentina.
- No contar con ingresos previsionales.
- No encontrarse detenido ni bajo un régimen de reclusión.
- Solo uno de los integrantes del matrimonio puede acceder a esta pensión.

