InicioPaísPolémica por una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad que utilizó...

Polémica por una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad que utilizó términos ofensivos

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) quedó en el centro de la controversia tras la publicación de la resolución 187/2025 en el Boletín Oficial, donde se utilizaron términos obsoletos y ofensivos como “idiota”, “imbécil” y “débil mental” para clasificar distintos grados de discapacidad intelectual en el acceso a las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral.

Ante la repercusión negativa y el rechazo de organizaciones de discapacidad, el organismo anunció que modificará la normativa y aclaró que “no hubo intención discriminatoria”, sino que se trató de un “error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”.

El contenido de la resolución

El anexo de la resolución establecía una clasificación basada en coeficientes intelectuales (CI) para determinar el grado de discapacidad. Entre las expresiones utilizadas figuraban:

  • CI 0-30: “Idiota”, sin capacidad de lectura, escritura ni control de esfínteres.
  • CI 30-50: “Imbécil”, con posibilidad de realizar tareas básicas y atender necesidades primarias.
  • CI 50-60: “Débil mental profundo”, con vocabulario simple y habilidades limitadas para el manejo del dinero.
  • CI 60-70: “Débil mental moderado”, con conocimiento de operaciones simples y capacidad para trabajos de baja exigencia.
  • CI 70-90: “Débil mental leve”, con escolaridad primaria o secundaria y posibilidad de desempeñar tareas más complejas.

El texto también definía la discapacidad intelectual como un “déficit en el crecimiento mental” y un “trastorno cuantitativo caracterizado por escasez del desarrollo intelectual, afectivo y cognitivo-práxico”.

Rechazo de organizaciones y expertos

El uso de esta terminología generó un fuerte rechazo por parte de distintas organizaciones que trabajan por los derechos de las personas con discapacidad.

La Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA) calificó los términos como “ofensivos y obsoletos”, recordando que fueron introducidos en 1912 y reemplazados hace más de 70 años.

“Refuerzan prejuicios y concepciones arcaicas que vulneran la dignidad de las personas con discapacidad intelectual”, expresaron en un comunicado.

Además, señalaron que la resolución contradice la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Argentina en 2008 a través de la ley 26.378.

“El uso de esta terminología atenta contra décadas de avances en la construcción de una sociedad más equitativa y libre de discriminación”, remarcaron.

Por su parte, AiepesA, entidad civil que nuclea instituciones dedicadas a la atención de personas con discapacidad, cuestionó que el texto “reincorpora terminología degradante en la evaluación de personas con discapacidad intelectual”.

Corrección y nueva normativa

Ante el escándalo, la ANDIS emitió un comunicado asegurando que modificará la resolución para alinearla con los estándares internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5).

“El objetivo es garantizar que la terminología utilizada esté acorde a los criterios médicos y normativos vigentes. Esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación”, aclararon.

Cambios en el acceso a la pensión

Más allá de la controversia por el lenguaje, la resolución también introduce cambios en los criterios para acceder a las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral.

A partir de la nueva normativa, solo podrán recibir la pensión aquellas personas con «debilidad mental profunda o mayor».

En cambio, quienes sean clasificados como «débiles mentales fronterizos, leves y moderados» solo podrán acceder al beneficio si cumplen con dos condiciones:

  • No haber desarrollado sus “disponibilidades básicas”.
  • No haber realizado nunca tareas remunerativas.

También se incorpora una evaluación específica para personas con “debilidad mental disarmónica”, definida por trastornos de personalidad que afecten su comportamiento social y aptitud laboral.

Impacto y repercusiones

El escándalo evidenció fallas en la actualización de criterios dentro de organismos oficiales y la necesidad de adaptar las políticas públicas a un enfoque de respeto e inclusión.

Mientras el Gobierno intenta corregir la resolución, organizaciones y especialistas advierten sobre la importancia de garantizar que los derechos de las personas con discapacidad no se vean vulnerados por normativas desactualizadas.

Ultimas notas

Más noticias de esta categoría