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El Gobierno amplió el régimen para cancelar deudas de obra pública e incluyó obligaciones por mantenimiento vial

La medida alcanza a deudas de la Dirección Nacional de Vialidad devengadas entre 2022 y 2025 y extiende hasta el 12 de agosto el plazo para adherirse al esquema de cancelación mediante títulos públicos.

Por Tendencia de Noticias · 2026-08-07T13:53:33.456Z

El Gobierno amplió el régimen para cancelar deudas de obra pública e incluyó obligaciones por mantenimiento vial

Noticias Argentinas difundió que el Gobierno nacional amplió el alcance del régimen destinado a cancelar deudas de obra pública e incorporó las obligaciones vinculadas con la adquisición de materiales y la provisión de servicios para el mantenimiento, conservación, operación y control de la Red Vial Nacional.

La medida fue formalizada mediante la Resolución 3/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

La normativa incorporó esas obligaciones al Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública, que permite cancelar deudas del Estado mediante la entrega de títulos públicos.

La ampliación alcanza exclusivamente a contrataciones realizadas por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) bajo los regímenes establecidos por los decretos 1023/2001 y 1030/2016.

El nuevo esquema comprende deudas devengadas entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025.

La resolución, instrumentada por la Secretaría de Coordinación de Infraestructura, también introdujo precisiones respecto de las condiciones de adhesión con el objetivo de delimitar el alcance de las renuncias que deben efectuar los contratistas al incorporarse al régimen.

Hasta ahora, la firma del acta acuerdo implicaba la renuncia a cualquier tipo de reclamo o crédito relacionado con el contrato involucrado.

Con la nueva normativa, esa renuncia queda limitada a los créditos y reclamos devengados durante el período comprendido entre 2022 y 2025.

Además, quedan exceptuadas las acreencias vinculadas con certificados, redeterminaciones de precios o actos administrativos que se encuentren pendientes de emisión, aprobación o dictado al momento de suscribirse el acuerdo.

De esta manera, las empresas que adhieran al régimen mantendrán el derecho a percibir o reclamar aquellos conceptos que todavía estén pendientes de resolución administrativa.

La resolución también prorrogó hasta el 12 de agosto de 2026, inclusive, el plazo para solicitar la adhesión al régimen.

El esquema simplificado permite cancelar obligaciones del Estado mediante títulos públicos e incluye conceptos correspondientes a certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios del período 2022-2025.