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Jaldo apeló el fallo que ordenó terminar con la intervención del IPLA y normalizarlo en 60 días

Pese a que el gobernador había señalado que cumpliría la sentencia, el Ejecutivo presentó un recurso de casación para que la Corte provincial revierta la sentencia de la Cámara. La Provincia denuncia arbitrariedad y una intromisión judicial en facultades del Ejecutivo.

Por Tendencia de Noticias · 2026-08-24T12:45:35.621Z

Jaldo apeló el fallo que ordenó terminar con la intervención del IPLA y normalizarlo en 60 días

El Gobierno de Osvaldo Jaldo decidió apelar el fallo que le ordenó poner fin a la intervención del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) y avanzar, en un plazo de 60 días, con la normalización institucional del organismo mediante la conformación de su Directorio.

A través de Fiscalía de Estado, la Provincia interpuso un recurso extraordinario de casación contra la sentencia N° 653 de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, dictada el 10 de agosto y depositada al día siguiente. El planteo apunta específicamente contra la parte de la resolución que hizo lugar parcialmente al amparo presentado por propietarios de salones de fiestas y ordenó terminar con una intervención administrativa que se mantiene desde hace más de 26 años.

La decisión implica que el Gobierno buscará ahora que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán revise y deje sin efecto esa parte del pronunciamiento. En concreto, en el petitorio del recurso, al que Tendencia de Noticias tuvo acceso, la Provincia solicita que se revoquen los puntos I y VI de la sentencia y que, en consecuencia, se rechace también la acción de amparo en cuanto persigue el cese de la intervención del IPLA.

El paso dado por el Ejecutivo cobra especial relevancia porque Jaldo había asegurado públicamente que cumpliría el fallo judicial. Un día después de conocerse la sentencia, el mandatario sostuvo que era “muy respetuoso de la división de poderes” y afirmó: “Este gobernador va a cumplir el fallo que ha salido de la Justicia de la provincia de Tucumán”. También había señalado que acataba “a rajatabla” las resoluciones de la Justicia provincial y federal, aunque aclaró entonces que aguardaría el análisis de Fiscalía de Estado para definir los pasos jurídicos a seguir.

Esa revisión jurídica finalmente desembocó en la presentación de la casación. La fiscal de Estado, Gilda Pedicone, ya había anticipado que el equipo de abogados de la Provincia evaluaba recurrir específicamente ese segmento de la sentencia, debido a que los restantes puntos del fallo habían resultado favorables para el Estado provincial.

Los argumentos del Gobierno para cuestionar el fallo

En el recurso, presentado por el abogado Juan Pablo Stein en representación del Superior Gobierno de la Provincia, el Ejecutivo desarrolla cuatro agravios centrales contra la resolución de la Cámara.

Uno de los principales cuestionamientos apunta a la legitimación de los propietarios de salones para reclamar judicialmente la normalización institucional del IPLA. La Provincia sostiene que los demandantes podían acreditar un interés concreto respecto de cánones, multas o clausuras que los afectaran directamente, pero no demostraron un perjuicio específico derivado de que el organismo esté conducido por un interventor en lugar de un Directorio.

Según el planteo oficial, admitir esa legitimación convertiría a los demandantes en una suerte de “fiscales de la legalidad institucional del IPLA”, porque permitiría cuestionar la organización de un organismo estatal sin acreditar un daño personal y diferenciado.

El Gobierno también acusa a la sentencia de incurrir en una contradicción interna. Señala que la Cámara aplicó un criterio estricto para rechazar otros planteos de los empresarios —como los vinculados con multas, clausuras y devolución de dinero— por considerar insuficiente la prueba aportada, pero utilizó un estándar diferente para admitir el pedido de cese de la intervención.

Para Fiscalía de Estado, la resolución no identificó qué derecho constitucional concreto de los accionantes resultaba lesionado por el hecho de que el IPLA estuviera administrado por un interventor y no por el Directorio establecido en la Ley 7.243.

La Provincia acusa a la Justicia de invadir facultades del Ejecutivo

Otro de los ejes fuertes de la apelación se concentra en la división de poderes. La Provincia considera que la Cámara podía ejercer un control sobre la legalidad de la prolongación de la intervención, pero cuestiona que haya avanzado un paso más y ordenado al Ejecutivo una manera específica de normalizar el organismo y un plazo determinado para hacerlo.

En ese sentido, el recurso sostiene que ordenar que en 60 días se adopten los actos necesarios para integrar el Directorio supone ingresar en cuestiones de “mérito, oportunidad y conveniencia” reservadas a la Administración. Según el planteo, una vez declarada ilegítima la prolongación de la intervención, el Ejecutivo podría evaluar distintas alternativas para normalizar el ente, mientras que la sentencia terminó imponiendo tanto el mecanismo —la conformación del Directorio— como el cronograma para concretarlo.